La Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER) formalizó dos pedidos para actualizar resoluciones puntuales que modifican y/o complementan normativa nacional relacionada al sector. 

A través de una nota ingresada al Ministerio de Hacienda, CADER puso a consideración de la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética el impacto ocasionado por la situación económica actual respecto al desarrollo previsto para generación distribuida.

En este sentido, nuestra entidad solicita revisar los incentivos fiscales, a los fines de retomar el sendero de crecimiento que se traza la Ley 27.424.

Es preciso recordar que el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la red eléctrica pública (Ley 27.424), prevé una serie de instrumentos, incentivos y beneficios para apoyar al rubro, como ser certificado de crédito fiscal, amortización acelerada del impuesto a las ganancias, acceso a financiamiento de la inversión con tasas preferenciales, entre otros.

Este año, la Disposición 83/2018 agregó el procedimiento y los montos a asignar como beneficio promocional de Certificado de Crédito Fiscal. Su anexo II fija un beneficio para “usuarios generadores” equivalente a quince pesos cada unidad de potencia expresada en vatios (15 $/W), otorgado hasta un máximo de un millón de pesos ($ 1.000.000).

Solar térmica

Por otro lado, el Comité de Energía Solar Térmica de CADER puso a consideración del Ministro de Producción y Trabajo la necesidad de flexibilizar el inicio de la obligatoriedad de la certificación de colectores solares y otros componentes asociados.

Este punto fue solicitado a la Subsecretaría de Políticas de Mercado Interno. 

Considerando la Resolución 520/2018 que plantea el procedimiento y los plazos para la evaluación de la conformidad de los productos, CADER advierte que la segunda etapa de implementación de esta medida  requiere de una prórroga, dado que, en principio, no se contaría con laboratorios locales preparados para realizar ensayos pertinentes.

Según el anexo II, esa segunda etapa implicaría puntualmente la entrada en vigencia de la obligatoriedad de contar con una constancia de inicio del trámite de certificación.  

Además de aquella prorroga, CADER solicita validar en el país a los equipos certificados bajo normas internacionales y contemplar la inclusión de la definición de “familia de productos” en la normativa para evitar tener que hacer ensayos por cada modelo que entre en el marco de la Res. 520.